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Complemento paternidad

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Jubilados entre 2016 y 3 de febrero de 2021 con 2 o más hijos: hasta un 15% en concepto de atrasos e intereses

Jubilados a partir del 4 de febrero de 2021 con 1 o más hijos*: 502 € al año por hijo

En Defending reclamamos el complemento de paternidad o el de brecha de género.

¿Cumples con los requisitos? Lo haremos por ti. todo sin moverte de casa.

Complemento de paternidad

Desde enero de 2016 hasta febrero 2021 con 2 o más hijos, pensión contributiva con posibilidad retroactividad.

Complemento de brecha de género

Desde febrero de 2021 en adelante, a partir de 1 hijo y con perjuicio en carrera profesional.

Para poder reclamarlo, debes cumplir los siguientes requisitos clave:

  • Tener reconocida una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente cuya fecha de acceso esté entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021

  • Ser padre de al menos dos hijos (biológicos o adoptados) antes de acceder a la pensión.

  • Que la pensión no sea de jubilación parcial o voluntaria en todos los casos (según normativa).

La cuantía se calcula como porcentaje sobre la pensión, según el número de hijos, y se aplica también de forma retroactiva desde la fecha de la pensión.

Ejemplos habituales:

  • 2 hijos → 5 % de incremento anual sobre la pensión.

  • 3 hijos → 10 %.

  • 4 o más hijos → 15 %.

Ejemplo: si la pensión es de 1.000 €/mes (14 pagas), para 2 hijos el complemento sería aproximadamente 700 €/año.

  • Copia de la resolución que acredita que es beneficiario de la pensión de jubilación, indicando la fecha de inicio de la jubilación y la cuantía inicial a percibir.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos
  • Copia de D.N.I

Es un importe económico adicional que se suma a la pensión contributiva de la Seguridad Social (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) de aquellas personas que, habiendo tenido uno o más hijos o hijas, han visto mermadas sus oportunidades laborales y, consecuentemente, la cuantía de su futura pensión. Su objetivo es compensar la brecha de género que aún persiste en el ámbito de las pensiones. Se da a partir del 4/2/2021

Quienes accedan a la jubilación parcial.

Quienes reciban una pensión no contributiva.

¿Complemento de paternidad o brecha de género?

Complemento de paternidad

Desde enero de 2016 hasta febrero 2021 con 2 o más hijos, pensión contributiva con posibilidad retroactividad.

Complemento de brecha de género

Desde febrero de 2021 en adelante, a partir de 1 hijo y con perjuicio en carrera profesional.

Requisitos para solicitar el complemento de paternidad

Según la Seguridad Social, el complemento de paternidad puede solicitarse por los pensionistas con hijos reconocidos entre 2016 y 2021. Para poder reclamarlo, debes cumplir los siguientes requisitos clave:

  • Tener reconocida una pensión contributiva de jubilación, viudedad o incapacidad permanente cuya fecha de acceso esté entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021
  • Ser padre de al menos dos hijos (biológicos o adoptados) antes de acceder a la pensión.
  • Que la pensión no sea de jubilación parcial o voluntaria en todos los casos (según normativa).

¿Cuál es la cuantía del complemento?

La cuantía se calcula como porcentaje sobre la pensión, según el número de hijos, y se aplica también de forma retroactiva desde la fecha de la pensión.

Ejemplos habituales:

  • 2 hijos → 5 % de incremento anual sobre la pensión.

  • 3 hijos → 10 %.

  • 4 o más hijos → 15 %.

Ejemplo: si la pensión es de 1.000 €/mes (14 pagas), para 2 hijos el complemento sería aproximadamente 700 €/año.

Documentación necesaria

  • Copia de la resolución que acredita que es beneficiario de la pensión de jubilación, indicando la fecha de inicio de la jubilación y la cuantía inicial a percibir.
  • Libro de familia o certificado de nacimiento de los hijos
  • Copia de D.N.I

¿Qué es el complemento de brecha de género?

Es un importe económico adicional que se suma a la pensión contributiva de la Seguridad Social (jubilación, incapacidad permanente o viudedad) de aquellas personas que, habiendo tenido uno o más hijos o hijas, han visto mermadas sus oportunidades laborales y, consecuentemente, la cuantía de su futura pensión. Su objetivo es compensar la brecha de género que aún persiste en el ámbito de las pensiones. Se da a partir del 4/2/2021

¿Quién no podrá solicitarlo?

Quienes accedan a la jubilación parcial.

Quienes reciban una pensión no contributiva.

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